Un fallo obliga a EPS a asegurar tratamientos y medicamentos pese a desabastecimientos y retrasos.
La crisis del sistema de salud ha afectado la atención a millones de usuarios
El sistema de salud en Colombia atraviesa una situación compleja marcada por dificultades financieras y operativas que han impactado la prestación de servicios. Las deudas acumuladas por las EPS con clínicas, hospitales y otros actores del sistema han provocado cierres y suspensiones de servicios esenciales, afectando directamente a millones de usuarios en distintas regiones del país.
En este contexto, varios centros médicos han limitado su operación, lo que ha generado barreras de acceso para los pacientes, especialmente en servicios de alta demanda como urgencias, obstetricia y neonatología.
El cierre de servicios ha incrementado las dificultades de atención
En ciudades como Bogotá, algunas clínicas suspendieron servicios fundamentales debido a la falta de pagos oportunos. Estas decisiones afectaron a pacientes de localidades como Kennedy y Bosa, así como a municipios cercanos, obligando a los usuarios a buscar atención en otros centros con mayor congestión.
Estas situaciones reflejan el impacto que la crisis financiera del sistema tiene sobre la atención directa a los afiliados, quienes enfrentan mayores tiempos de espera y limitaciones en la continuidad de sus tratamientos.
Las cifras oficiales evidencian la magnitud del problema
De acuerdo con información de la Contraloría General de la República, 29 EPS acumulan una deuda que asciende a 32,9 billones de pesos. Estos recursos corresponden a servicios ya prestados por clínicas, hospitales, laboratorios y operadores farmacéuticos, lo que ha debilitado la sostenibilidad del sistema.
El panorama se agrava ante la falta de soluciones estructurales a corto plazo, lo que mantiene la incertidumbre sobre el futuro de la prestación de los servicios de salud en el país.
El contexto político no ha despejado el panorama
En medio de esta coyuntura, el 16 de diciembre de 2025 la Comisión Séptima del Senado hundió la reforma a la salud impulsada por el Gobierno nacional. La decisión dejó sin una ruta clara de solución inmediata a los problemas estructurales del sistema, prolongando las dificultades para usuarios y prestadores.
Este escenario ha incrementado la presión sobre las entidades del sistema y ha derivado en múltiples acciones legales por parte de los ciudadanos.
Las barreras en la entrega de medicamentos motivaron acciones judiciales
Uno de los principales reclamos de los usuarios ha sido la demora y la negación en la entrega de medicamentos. Filas extensas y largos tiempos de espera en los gestores farmacéuticos se convirtieron en una constante, afectando tratamientos continuos y generando riesgos para la salud de los pacientes.
Ante esta situación, 30 ciudadanos interpusieron acciones de tutela solicitando el suministro de medicamentos que estaban pendientes o habían sido negados.
El fallo de la Corte Constitucional establece obligaciones claras
La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, mediante el auto 559 de 2025, fue enfática al señalar que el servicio de salud debe responder de manera eficaz a las necesidades de los afiliados. El alto tribunal ordenó garantizar la totalidad de los tratamientos, medicamentos y procedimientos prescritos por el médico tratante, sin interrupciones injustificadas.
El fallo recalca que la falta de entrega oportuna de medicamentos esenciales puede poner en riesgo la vida y la integridad de los pacientes.
La orden incluye casos de desabastecimiento
La Corte determinó que incluso cuando un medicamento se encuentre desabastecido, las EPS tienen la obligación de garantizar una alternativa terapéutica. Se ordenó asegurar la reformulación y la entrega efectiva del medicamento sustituto definido por el profesional de la salud, sin trasladar la carga al usuario.
Esta medida busca proteger el derecho fundamental a la salud y evitar interrupciones en tratamientos continuos.
La decisión busca proteger el derecho a la salud
Con este pronunciamiento, el alto tribunal estableció que las EPS accionadas deben suministrar los medicamentos en las dosis, formas y periodicidades prescritas. La orden aplica incluso cuando la prescripción haya perdido vigencia debido a demoras en la entrega, responsabilizando a las entidades por los retrasos.
El fallo se convierte en un precedente relevante en medio de la crisis del sistema, al reforzar la obligación de garantizar la atención efectiva a los usuarios.





