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Ibagué mitiga el impacto de la actualización catastral con tarifas justas y alivios tributarios

Con el propósito de proteger el bolsillo de los ciudadanos y garantizar una distribución equitativa de la carga tributaria, el Concejo Municipal de Ibagué aprobó la modificación del Estatuto Tributario (Acuerdo 015 de 2021), iniciativa presentada por la alcaldesa Johana Aranda, que contempla beneficios para propietarios urbanos y rurales, pequeños comerciantes, sectores sociales y contribuyentes morosos.

La nueva normativa incorpora medidas para reducir el impacto de la actualización catastral —que no se realizaba en la ciudad desde hace una década—, así como descuentos en intereses de mora del impuesto Predial y de Industria y Comercio (ICA), sin crear nuevos tributos ni incrementar tarifas.

Medidas frente a la actualización catastral

La actualización catastral, que se adelanta en zonas urbanas y rurales, permitirá reflejar con mayor precisión la realidad física y económica de los predios del municipio. Según la Administración Municipal, el proceso se realiza aplicando los valores mínimos permitidos por la ley, con el fin de evitar afectaciones desproporcionadas a los hogares ibaguereños.

La Alcaldía aclaró que este procedimiento no implica la creación de nuevos impuestos. En los casos donde el avalúo disminuye, el impuesto también se reduce de manera automática. De hecho, más de 5.000 predios pagarán en 2026 una tarifa inferior a la del año anterior. Solo menos del 1 % de los predios registra incrementos superiores al 200 %, debido a situaciones particulares como nuevas construcciones, cambios de uso del suelo o grandes extensiones de terreno.

Entre los principales beneficios aprobados se encuentra la gradualidad en el cobro del impuesto Predial, mediante amortiguadores fiscales. Cuando un predio tenga un incremento superior al 200 % en su avalúo, el aumento anual del impuesto no podrá superar el 50 % frente a lo pagado el año anterior.

Asimismo, se mantienen los descuentos por pronto pago:

  • 15 % hasta el 31 de marzo de 2026
  • 10 % hasta el 30 de abril
  • 5 % hasta finales de junio

Alivios para deudores y pequeños negocios

El Estatuto también establece descuentos en intereses de mora para deudores del Predial y del ICA correspondientes a vigencias 2024 y anteriores. Quienes se pongan al día antes del 31 de diciembre de 2025 accederán a una rebaja del 80 % en intereses; hasta el 31 de marzo de 2026, el descuento será del 70 %, y hasta el 30 de junio, del 50 %.

En materia de protección a pequeños negocios familiares, se determinó que viviendas donde funcionen actividades como tiendas, peluquerías, misceláneas o talleres caseros podrán seguir pagando tarifa residencial, siempre que el área destinada al comercio no supere el 40 % del inmueble. Esta medida busca proteger los ingresos familiares y evitar que estos emprendimientos sean clasificados como comercios formales.

Protección social y justicia rural

Para los estratos 1 y 2, se estableció que las viviendas urbanas con avalúos iguales o inferiores a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes solo podrán incrementar el impuesto conforme al IPC. Además, el Municipio aplicará el 60 % del avalúo comercial, el porcentaje mínimo permitido por la ley.

En el sector rural, la actualización corrige una inequidad histórica entre pequeños campesinos y grandes propietarios. Se fijaron topes diferenciales según el tamaño del predio:

  • Pequeña propiedad (menos de 5 hectáreas): hasta 200 %
  • Mediana propiedad (5 a 20 hectáreas): hasta 300 %
  • Gran propiedad (más de 20 hectáreas): hasta 400 %

Todas las viviendas rurales pagarán la misma tarifa del estrato 1 urbano, posicionando a Ibagué como una de las capitales con las tarifas rurales más bajas del país.

Exclusiones tributarias

Finalmente, la modificación del Estatuto excluye del pago del ICA al Cuerpo de Bomberos y a la Cruz Roja Colombiana, y del impuesto Predial a los inmuebles de la Iglesia Católica. También se exonera del ICA a profesionales independientes, siempre que ejerzan de manera individual, sin estructura empresarial, y que sus ingresos mensuales no superen las 200 UVT.